lunes, 7 de marzo de 2016

Ojo al piojo: 1-7

Esta sección del blog consiste en una recopilación de los "Ojo al piojo" publicados anteriormente en facebook y twitter.

OJO al piojo:

      No se confíen tanto en la calculadora de intereses de AFIP. Calcula 5 días de más de intereses. Y TAMPOCO se confíen en los saldos deudores y acreedores que les indica el CCMA (si suman los verdes, no les da igual al saldo deudor, por ejemplo)


Ojo al piojo Numero 2:

      Para los trabajadores en relación de dependencia, el "umbral de gravabilidad" es un poco mas alto. Los diarios dicen que para el soltero es 6.938 y para el casado es 9.597. Pero esos importes son sin considerar el descuento del sindicato (que es entre un 2 y un 3%), asi que seguramente son un poquito mayores.
Saludos

Ojo al piojo numero 3:

   No se hagan los vivos de "no darle bolilla a las percepciones del 15% por compras en el exterior". Es peor si no se las toman
Saludos
(reflexión respaldada por el CPN Daniel Rodriguez y auspiciada por Mavi Ibarra, que me hizo acordar que hace rato que no envió info de este tipo jeje)

Ojo al piojo numero 4:

   Si un trabajador tiene feriado nacional y lo TRABAJA, le corresponde cobrar el feriado (o sea el doble) pero NO le corresponde el franco compensatorio.
Gracias a esto acabo de ganar una apuesta (espero que me la paguen jeje)
Saludos!

Ojo al piojo numero 5:

No hay que confundir "obligación de emitir factura" con "obligación de entregarla" con "obligación de declararla" con "facultad del receptor de la factura a no reclamarla"
Saludos

Ojo al piojo numero 6:

     Recuerden que las retenciones y percepciones de ingresos brutos Catamarca pueden (actualmente) ser importadas desde excel.
El CPN Emanuel Segovia confeccionó una planilla de excel que fue proyectada en el taller que dimos el año pasado en el Consejo. Dicha planilla está a su disposición cuando lo deseen (se remite via email)
Saludos
Marcos Kon.

Ojo al piojo numero 7:

     Debido a que la RG 2774 de MIS FACILIDADES fue derogada por la RG 3451/13, hoy por hoy no se puede hacer el plan de facilidades de pagos al que veníamos acostumbrados. Es decir que al menos por el momento, no hay mas "plan de facilidades permanente". Y además, el NUEVO plan recién va a estar habilitado a partir del Lunes 15/04/13
En cuanto a algunas situaciones, pienso lo siguiente:
- Intimaciones cursadas por AFIP: no creo que vayan a iniciar ejecuciones fiscales hasta el 15/04 (o sea, deberían ser prudentes y esperar hasta que el contribuyente pueda hacer un pfp)
- Casos de monotributistas dados de baja por falta de pago: no se van a poder dar e alta nuevamente. Un colega me recomendó presentar una Nota (F. 206) explicando la situación y solicitando prórroga hasta el 15/04 para poder confeccionar el plan de pagos, y a la vez pidiendo el alta en monotributo. Entiendo que desde AFIP no podrían negarse, salvo que pidan que los monotributistas dados de baja regularicen (de contado) su deuda total, o por lo menos lo que les reste de pagar hasta que les queden 9 cuotas impagas de monotributo. Esto cobra especial relevancia para aquellas personas que poseen un crédito a cobrar en el Estado, pero este no les quiere pagar porque no sale la constancia de inscripción (o bien, les quiere retener Ganancias como sujeto no categorizado)

Saludos
Marcos Kon.
Catamarca.

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